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DE LA JUSTICIA ESPACIAL A LA JUSTICIA AMBIENTAL EN LA POLÍTICA DE LOCALIZACIÓN DE INSTALACIONES PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID

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Dr. Joaquín Bosque Sendra, Lic. Concepción Díaz Castillo y Dra. María Ángeles Díaz Muñoz (*)

Departamento de Geografía, Universidad de Alcalá. España [1]

Publicado en Boletín de la Real Sociedad Geográfica, t. CXXXVII-CXXXVIII, 2001-2002, pp. 89-114.

1.- Introducción

En las investigaciones sobre la selección de emplazamientos para las actividades no  deseables (centrales nucleares, industrias peligrosas, depósitos de residuos, etc) invariablemente se enuncia el interés de incorporar criterios socioeconómicos en la búsqueda de localizaciones adecuadas, además de los técnicos relativos al medio físico. Se trataría de indagar en aspectos como la percepción social del riesgo o los impactos socioeconómicos y buscar la forma de incorporarlos a la toma de decisiones.

En las regiones metropolitanas, densamente ocupadas y diferenciadas funcional y socialmente, la búsqueda de localizaciones para las actividades ambientalmente conflictivas se convierte en una compleja tarea en la que, a los criterios físicos clásicos, hay que unir aquellos que eviten situaciones de desigualdad social y/o territorial.

A este respecto el principio de justicia espacial, que plantea la distribución de los costes ambientales desde el objetivo de su reparto igualitario en el territorio, resulta una aproximación notablemente útil. En los últimos años, se ha desarrollado en los Estados Unidos un concepto que puede complementar al anterior, el de justicia ambiental, que pretende evitar el impacto desigual o desproporcionado de las amenazas ambientales sobre los grupos de población más desaventajados y, por tanto, más vulnerables. Ambos principios pueden ser utilizados como criterios de ubicación, al tiempo que pueden residir en las reacciones negativas de la población ante la ubicación en su proximidad de las actividades conflictivas.

En estas páginas realizamos una primera aproximación a la evaluación de situaciones de justicia espacial y ambiental respecto a las instalaciones para la gestión de residuos en la Comunidad de Madrid. Se trata de hacer sólo una exploración de los conceptos y su posible medida a partir de un conjunto de indicadores, de abrir una línea de investigación que se podría desarrollar de manera más sofisticada en el futuro.

 2.- El síndrome NIMBY: la opinión pública ante la política de localización de actividades no deseables

Actualmente, y en especial en las sociedades más desarrolladas, se advierte una creciente sensibilidad popular respecto a temas relativos a la conservación del entorno y la calidad de vida individual. Conseguir los máximos niveles de seguridad ante todo tipo de riesgo - ya sean naturales, tecnológicos o los derivados del terrorismo- se sitúa entre los valores sociales más apreciados y supone una fuerte demanda para aquellos que tienen que tomar decisiones ambientalmente conflictivas (evaluación de su impacto, medidas de protección, adopción de tecnologías, localización de actividades potencialmente peligrosas, etc.) (Kirby,….).

Las decisiones en políticas sobre implantación de usos del suelo no deseables (plantas químicas, centrales nucleares, vertederos de residuos) se encuentran frecuentemente ante una reacción pública negativa, muchas veces furibunda, debido a que generan en la población potencialmente afectada un sentimiento de injusticia al pensar que cae sobre ellos toda la carga negativa de una actividad planeada para beneficio del resto de la sociedad. Todos conocemos experiencias recientes de conflictos de esta naturaleza en España, muchos de ellos generados por la ubicación de incineradoras de residuos urbanos o de depósitos de residuos industriales o nucleares. Se trata de un problema social con un claro componente geográfico, del que son exponente los conceptos NIMBY (Not In My Backyard) y BANANA (Build Absolutely Nothing at All Near Anybody), acuñados en la literatura anglosajona (Kemp, 1990, Petts, 1992).

La ya larga tradición de estudios sobre la percepción social de los riesgos ambientales ha demostrado que el síndrome NIMBY constituye una reacción de naturaleza compleja en la que se combinan el miedo por el deterioro ambiental y económico, la desconfianza ante industrias e instituciones y el sentimiento de ser víctimas de un tratamiento injusto en el proceso de selección de localizaciones (Kemp, 1990, Petts y Eduljee, 1994: 390 y ss., Martín-Crespo, 1996). Claramente, el sentimiento de injusticia espacial tiene un papel protagonista en el rechazo de la población ante la toma de decisiones en actividades conflictivas. Los ciudadanos, tras preguntas tipo “¿por qué siempre aquí?”, manifiestan su derecho a un proceso decisorio transparente, a conocer los criterios que se han adoptado para la ubicación de las mismas.

Una nueva dimensión en la percepción social del problema aparece cuando se comprueba que se ha dado un caso de injusticia ambiental, debido a que las actividades o infraestructuras nocivas se concentran en zonas deprimidas o marginadas (a nivel económico, político, demográfico o territorial) o donde se concentran grupos étnicos específicos, como los afroamericanos en los Estados Unidos de América donde surgio el concepto de justicia ambiental. En este sentido, se puede plantear que en un contexto competitivo por captar inversiones que reactivaran la economía local y generaran empleo, existiría una percepción muy arraigada a creer que las localidades en proceso de declive son las mejores “candidatas” para recibir este tipo de actividades conflictivas (Llurdés et al., 1999). Con frecuencia, la consulta pública en este tipo de zonas ha demostrado una opinión favorable a aceptar la ubicación de instalaciones peligrosas si ésta conlleva una política de compensaciones suficiente. En todo caso, ese tipo de soluciones exige un proceso de negociación con los afectados acompañado de una política de comunicación del riesgo transparente (Gerrard, 1995, Antípode…).

Por ejemplo, en una encuesta, realizada por nuestro equipo de investigación (Salado y otros, 1995) en algunas zonas de la Comunidad de Madrid sobre la opinión de la población respecto a las instalaciones destinadas al tratamiento y almacenaje de residuos se obtuvieron unos resultados muy significativos. La encuesta se llevó a cabo en el entorno de  tres de estas instalaciones existentes en la Comunidad de Madrid, y en ella se investigaba el nivel de conocimiento y percepción del riesgo generado por los residuos y la opinión respecto a las actuaciones de la Administración en la materia. Los resultados de este estudio se desarrollan extensamente en diversas publicaciones (Salado García et al., 1995;.Díaz Muñoz et al, 1999; Bosque Sendra et al.,  2000), aquí sólo apuntamos tres notas sobre la opinión pública detectada respecto a las políticas de ubicación de este tipo de instalaciones: en primer lugar, el síndrome Nimby aparece como importante en la valoración de los entrevistados, pero por detrás de un criterio que podríamos denominar como salud pública o calidad de vida; en segundo lugar, y respecto al balance entre los efectos negativos o positivos que estas instalaciones podrían generar en su entorno, las opiniones se inclinaban por unos u otros de una forma bastante equilibrada, destacando  entre los positivos la creación de empleo. Por último, y quizás de una forma contradictoria con el resultado que acabamos de mencionar, los encuestados manifestaban mayoritariamente su rechazo (73% frente a 27%9) a que posibles compensaciones económicas pudieran conducir a una postura popular positiva en el caso que algún tipo de estas instalaciones se ubicara en su entorno. Conclusiones semejantes muestran la complejidad de los fenómenos de percepción social del riesgo que provocan este tipo de instalaciones y las dificultades de su correcta localización en el territorio.


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Trabajo realizado dentro del proyecto de investigación número 06/0154/2000 de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid

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(*)  E-mail:  joaquin.bosque@uah.es / mangeles.diaz@uah.es 


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